Cuando examinarnos

Articulo escrito por Fernando Gómez.
Aunque ya pone algo en nuestro manual sobre los tiempos que se tienen que respetar para presentarse a los exámenes, creo oportuno ampliar la información.

Es posible que alguno de vosotros os preguntéis por el tema de los exámenes y los grados, y como es un tema del que no solemos hablar habitualmente, puede que os cause algún desasosiego. Por ese motivo me he puesto a escribir este articulillo, para intentar resolver las posibles dudas que podáis tener en referencia a los exámenes y los grados.
Ante todo hay que aclarar, por si hay algún despistado, que no hay grados Kyu (graduación previa a los danes) y que nos regimos por el programa técnico de la AEAT. Lo que sí que hacemos son los examenes anuales, en marzo, que tienen como objetivos facilitar el aprendizaje de la terminología propia del aikido, que siempre cuesta un poco, y familiarizarse con la mecánica y etiqueta que se ha de respetar para los exámenes de grado dan de la AEAT. Ya sabéis que para estos exámenes anuales se exigirá el conocimiento del programa de la AEAT según la antigüedad de la persona que se examina (un capítulo de nuestro manual se dedica a esto) y que el tribunal estará formado por las personas que tengan el grado de instructor-sensei de la AEAT. Obviamente presentarse a estos exámenes es voluntario, y si hay alguien al que no le gusten los exámenes no tiene por que  pasar por ese trance.
Por otra parte, en el programa técnico de la AEAT se recogen los tiempos necesarios para poder presentarse a grado dan (únicos grados que reconoce la AEAT). Es necesario aclarar que cuando el programa habla de años de práctica hace referencia a licencias de la AEAT. Otra cosa a tener en cuenta es que la persona de la que tomamos dirección (técnica y no técnica) y la que nos examina, Rafael Regaño, siempre comenta que los tiempos de permanencia son orientativos y que no se deben tomar estrictamente.
Teniendo en cuenta lo que os he mencionado con anterioridad, os expongo lo que a mi juicio, y a falta que otros senseis de nuestro dojo aporten su opinión, creo que deben hacer y esperar las personas que quieran examinarse de grado dan por la AEAT.
La norma general será esperar un año más de lo que contempla el programa de la AEAT. Una vez aclarado este punto deberíamos distinguir dos casos:
  • Persona que desea examinarse para primer dan. Puesto que la AEAT exige cuatro años (léase licencias) de práctica, dicha persona podría examinarse a partir del 5º año de práctica. Lo normal es que se le comunique a dicha persona con sobrada antelación que se debe preparar para los próximos exámenes de la AEAT. Si en algún caso alguien piensa que cumple los requisitos y está preparado para presentarse puede comentarlo  conmigo o con cualquiera de los senseis del dojo.
  • Persona que desea presentarse para 2º dan o un grado superior. Desde mi punto de vista, esta persona debe tener un conocimiento bastante aproximado de lo que se exige para el grado al que se va a presentar y de su estado con respecto a dicho nivel. En lo del tiempo de permanencia, para presentarse a nidan se debe permanecer al menos tres años de shodan y para sandan se debe permanecer al menos cuatro años de nidan. Una vez pasado este tiempo, la propia persona debe valorar y decidir si está preparado para presentarse a examen. Si la decisión es favorable me lo comunica y preparamos su examen para la convocatoria más próxima. Si la decisión es no examinarse, la situación es fácil, nos esperaremos hasta que dicha persona se sienta preparada. Sólo en casos excepcionales le diré a alguien que se presente para nidan o sandan.
Espero que os haya sido de ayuda y además también espero vuestras opiniones y sugerencias, sobre todo de los más antiguos. Para ello podemos utilizar la lista de correo de yahoo.

Comentarios

Entradas populares